Lareciente publicaci贸n en el BOE de la 煤ltima reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (en adelante, LPI), aprobada como texto refundido por el Real Decreto 1/1996, de 12 de abril, bien merece algunas observaciones y comentarios, m谩xime cuando va a tener una incidencia destacable en la gran mayor铆a de los consumidores o,
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